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Escribir un resumen ejecutivo


Puntos importantes para un resumen ejecutivo

Por: Keren-O Grinberg, Biztec de 2011
1. Su empresa:
– Lo tiene su compañía que es único, que otras compañías no tienen? ¿Qué ofrece? 2-3 oraciones.

2. La oportunidad:
Producto oportunidad: Describir los diferentes permanentes de hoy que hacen que su producto relevante y necesario. Describir serie de ventajas.
Mercado de ocasión: Describir aspectos sociales que son relevantes para el éxito de su producto, y respondiendo a la necesidad de nuevos mercados.
Ejemplos:
– La nueva tendencia apunta a un estilo de vida saludable y verde.
– Nueva campaña de gobierno (y otros) alentando a la gente a …

Propuesta de Valor: ¿Qué “dolor” o necesidad importante está hablando? ¿Quién tiene esta necesidad?  ¿Cómo es su solución única?

3. Modelo de Negocios: ¿Cómo piensan hacer dinero? ¿Quién va a pagar por su solución?

4. Mercado Descripción:

El mercado potencial es enorme y diverso en dos clientes: Personal e Industrial
Describir las necesidades únicas de cada sección de sus clientes.
Mercado de distribución: Busque números de distribución en el mercado para los clientes potenciales que se mencionan anteriormente.
Describa su mercado objetivo: ¿Qué tan grande es el mercado? ¿Qué tan rápido está creciendo?
5. Competencia: ¿Quiénes son sus principales competidores? ¿Cuál es su solución? ¿Cómo eres mejor que ellos?

6. La Ventaja Competitiva: Lo que tienes o lo que sus competidores no lo hacen.

7. Tecnología: Describir la tecnología que desarrollan o utilizan para su producción y cómo se va a trabajar. Mencionar IP (propiedad intelectual) potencial y el estado

8. Modelo de negocio: ¡¿Cómo vas a ganar dinero!?
Nuestro modelo de negocio de la empresa consiste en la venta de unidades de X productos, o lo vas a dar de forma gratuita y ganar dinero con la publicidad, o de otra necesidad… etc
¿Qué parte del mercado que espera captar en el primer año y después.

9. Panorama financiero: Describir los beneficios estimados y la pérdida para los siguientes 5 años. Si usted planea recaudar fondos-¿Cuánto dinero tiene usted actualmente necesita? ¿En qué hitos se lo traes?
10. El Equipo: Poco describir quiénes son sus miembros del equipo son y cuáles son sus conocimientos.

¡Buena suerte!

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Acceso al financiamiento


Financiamiento de capital es esencial para la puesta en marcha de las empresas, especialmente empresas de base tecnológica. Si bien los fondos de capital riesgo son una fuente potencial, por lo general no son una opción para las empresas con poca experiencia y sin un historial demostrado de mercado.

En general, las empresas invierten en una fase posterior tratando de llenar este vacío, lo cual es una de las principales tareas de incubadoras de tecnología. Por otra parte, las incubadoras de empresas pueden ayudar a preparar su plan de negocio antes de solicitar los inversores de la primera etapa de financiación. Además, las incubadoras de empresas podrán organizar foros y actuar como puerta de mantenimiento para los inversores.

Las incubadoras de empresas también pueden desarrollar nuevos fondos de capital riesgo sobre la base de fuentes privadas o en asociación con el apoyo del público. Para la universidad de tecnología relacionada con las incubadoras de empresas puede encontrar financiamiento de regalías sobre los rendimientos futuros de las innovaciones, es una manera de ayudar a la tecnología basada en la creación de nuevas empresas para obtener capital social. Las incubadoras de empresas también pueden tomar la equidad en las empresas incubadas que genera ingresos futuros a incubadoras de empresas con el fin de que estas empresas crezcan.

En Israel, incubadoras de tecnología están autorizadas a poseer hasta un 20 por ciento de sus empresas. Esto no sólo ayuda a las empresas en una etapa crítica, sino que puede obtener más apoyo y atención por parte de inversores externos, incluidos los “business angels”.

Además de ello el sistema bancario Israelí es muy sólido, esto ha ayudado tanto a los bancos a establecerse entre las mejores empresas del mundo, como a los usuarios a tener acceso al financiamiento con facilidades de pago adecuadas, tasas de interés bajas para personas comunes. Los bancos en Israel funcionan de una manera muy especial, permiten a los usuarios incluso límites negativos de saldo para saldar ciertas cuentas. Cuando se hace un cheque sin fondos, el banco lo paga aunque el usuario reponga el dinero a los pocos días y sin cobrar dinero por dicho servicio.

La figura 16 muestra las empresas de Israel que pertenecen a las 2000 mejores empresas del mundo. Entre ellas se puede ver a Bank Leumi en el puesto 808 del mundo, Bank Hapoalim en el puesto 859, Israel Discount Bank en el puesto 1289, Mizrahi Tefahot Bank en el puesto 1600 y FIBI Holding en el puesto 1832. Lo cual nos hace pensar que Israel también es potencia en
sistemas bancarios.

Además de estos cinco bancos en dicha figura vemos a IDB Holding en el puesto 1119, a Israel Corp en el puesto 1238. Ambas compañías proveen capital financiero a PYMES para iniciar sus proyectos y a distintos startups.

África Israel Investments, quien también provee capital semilla para creación de empresas, se encuentra en el puesto 1344 y a Gazit Globe en el puesto 1882 quien invierte dinero en emprendedurismo de Israelíes, ciencia, tecnología y capital semilla.

Empresas israelíes dentro de las 2000 empresas más productivas del mundo

Fuente: Revista Forbes, “The Global 2000”, Website oficial. Filtrados por país: Israel.
<http://www.forbes.com/lists/2009/18/global-09_The-Global-2000-Israel_10Rank.html>

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Apoyo a la gestión


Los propietarios a nuevas empresas de base tecnológica requieren conocimientos técnicos para desarrollar y comercializar sus innovaciones. Dicho apoyo a las empresas de las incubadoras de tecnología se inicia con la evaluación y selección de los proyectos a la incubadora basada en sus planes de negocio. Existen diversos métodos de revisión para definir cuáles son los proyectos potenciales y aumentar el número de empresas de calidad. Las Incubadoras de empresas también pueden ofrecer la evaluación de la tecnología y estudios de mercado que reflejen el potencial de mercado para la comercialización de una tecnología es revisada y analizada por el empresario con la ayuda de expertos.

Los servicios de marketing son también muy importantes. En algunos casos, la comercialización de asistencia podrá ser proporcionada por otras empresas incubadas, los terceros, o incluso por los estudiantes universitarios que realizan estudios de mercado como prácticas supervisadas. Las Incubadoras de empresas también ofrecen servicios de capacitación como una forma de fortalecer la capacidad a largo plazo de las empresas. Por ejemplo, algunas incubadoras pueden proporcionar formación empresarial, la planificación de las actividades de talleres y seminarios.

Las incubadoras de tecnología también pueden actuar como una institución puente entre la gran gama de negocios y de exportación de servicios de apoyo proporcionados por diversos organismos gubernamentales, cámaras de comercio, los consejos asesores y los administradores de activos son importantes para el éxito de las incubadoras de empresas y sus emprendedores. Los directivos desempeñan un papel fundamental en la selección de empresas y el método de ayudarlas en su desarrollo.

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Involucramiento del Gobierno


Involucramiento del gobierno

El gobierno es un facilitador. Primero con el tema legislativo, en donde pueda promover leyes que incentiven el desarrollo de industrias de tecnología y como un proveedor financiero para arrancarlo. No ha habido un país, donde el gobierno no sea quien empieza y pone las primeras bases para el fortalecimiento de las empresas y proporciona el primer capital semilla que es el que va a permitir que estos tengan un efecto multiplicador. Ahi debe estar el gobierno, apoyando legislativamente en que se den las condiciones y tambien dando el apoyo económico para que el proyecto arranque.

La incubadora de negocios no debe darse dentro del sector privado sin el involucramiento del gobierno, puede ser del sector privado, sin embargo el rol del gobierno debe ser incentivar la inversión para que se pueden implementar mas proyectos y apoyar con un flujo económico para que éstos sean desarrollados.

El gobierno no debe involucrarse directamente. Debe invertir. Por ejemplo, los parques tecnológicos que se quieren implementar en Guatemala desde hace más de 2 años. El gobierno es dueño del parque pero tiene un equipo traido de la industria pero un equipo verdaderamente serio que piensa en traer multinacionales, centros de investigaciones de prestigio internacional y además de eso les pagan.

Ya se mencionaba en el capítulo anterior las razones por las cuales Israel decidió atraer a las multinacionales y fue un éxito.

Casos de éxito analizados en Guatemala

Estuardo Robles mencionaba los ejemplos del estado de Qatar, en el medio oriente le pago a Carnegie Mellon 116 millones de dólares por los derechos para poder usar el nombre CMU Canegie Mellon en Qatar, para su parque tecnológico que estas haciendo en el desierto, es una gran inversión pero solo el nombre de Carnegie Mellon es muy grande a nivel tecnológico. Y el ejemplo de Dubai en la ciudad nueva de salud que están haciendo le pagaron a Harvard, Harvard tiene ahi una sede Harvard Medichal Shool, eso lo que vale. Ese tipo de inversiones solo la pueden hacer los gobiernos, son multimillonarias, pero cuando comienzan a producir hacen una cantidad de dinero muy grande que le entra al gobierno de vuelta. Pero el gobierno deviera de reinvertirlo en estas iniciativas.

Las incubadoras tienen que ser del gobierno y no de las universidades, todo lo que generan de ganancias es impresionante, miles de millones de dólares. Las universidades actualmente solo se quedan con la tecnología en lugar de darle acciones a los emprendedores y la Universidad no se queda con nada, no genera regalías, entonces no hay regalías para que entren al sistema e incrementen la capacidad de investigación y desarrollo, la creación de productos, todo ese círculo virtuoso.

El dinero tiene que regresar no al cofre central, sino a la creación. Por ejemplo si se quisiera tener una planta de chips en Guatemala, si se generó caja chica, entonces hay de dónde obtener los recursos. Incluso en Costa Rica aportan millones de dolares para aminorar tus gastos de entrada; o regalan la tierra porque a la incubadora de Costa Rica le dieron la tierra gratis, pero el gobierno es el que tiene la capacidad de comprar tierra en masa, un banco de tierra para luego repartírlo con el fin de tener una empresa. Una empresa que se le inviertan 100 millones de dolares como a Carnegie Mellon, pero Carnegie Mellon con todo lo que tiene a su alrededor regresa 2,000 millones de dólares en sueldos, en inversiones y demás; que vienen por la imagen y todo lo que puede tener una multinacional de ese tipo.

El gobierno es la clave

Entonces el gobierno debería de involucrarse, por lo menos al principio. Porque en Guatemala hay capitales muy fuertes que pueden manejarlo, pero si no se atreven, porque están acostumbrados a las industrias tradicionales, y se ha visto que no se quieren invertir en tecnología los capitales fuertes de Guatemala. Si el gobierno se invierte los primeros 2 o 3 años, entonces despues puede dar paso a los inversionistas privados porque se dan cuenta que es lucrativo y que realmente hay gente seria trabajando en los proyectos. Además hay capitales fuertes que lo podrían hacer pero no lo conocen, entonces les da falta de certeza, no saben en 10 años que es lo que va a pasar, por lo tanto el riesgo de invertir es mucho mas alto. Eso es lo que falta.

De qué manera esta ayudando el gobierno

Si, hay apoyo en Guatemala para algunos proyectos de innovación, desarrollo. Sin embargo no está dentro de las políticas del gobierno impulsar una fuerte mesa de trabajos donde la gente pueda llegar con sus proyectos e ideas, plantearlos ante ésta mesa y que hayan partidas gubernamentales que vean el beneficio del país y no de alguien en particular para lanzar estos proyectos. La diferencia entre Guatemala e Israel es que los proyectos que se apoyan en Israel son proyectos que le van a servir al país, que le van a dar al país un empuje a muy largo plazo. En Guatemala los proyectos que yo se apoyaron, no dejaban de ser proyectos de la iniciativa privada; en Israel también son de la iniciativa privada pero van amalgamados al interés nacional, a las necesidades nacionales. En Guatemala no se ha planteado esa necesidad o esa estratégia.

Leyes guatemaltecas que fomentan la Investigación

Existen leyes en Guatemala que fomentan la Investigación pero yo no está ordenado e institucionalizado ésta clase de visión. Guatemala tiene tantos otros proyectos que van directamente relacionados con la necesidad del momento que le cuesta mucho planear a futuro, en el sentido que no tiene una cantidad de plata que pueda invertir en el futuro porque está muy ocupado viendo que hace con el presente. No se han dado cuenta que este dinero que se pone a futuro trae masas de dinero de retorno que puede ayudar a ir componiendo el presente; y otra vez falta el plan de una persona que con seriedad pueda ser apoyada y crear éste plan estratégico en Guatemala. Si existen ideas, lastimosamente se paran no siendo utilizadas o amparánndose a empresas privadas bajo esas leyes, empresas que si tienen como conseguir financiamiento ya sea de bancos, angeles, etc; pero no es un proyecto a nivel nacional, es un proyecto pequeño.

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Capital Financiero


Capital financiero

El CONCYT ha tenido programas un ejemplo es que ha hecho un programa de apoyo a la innovación tecnológica con apoyo del Banco Internacional para el Desarrollo (BID), éste es un programa interesante porque se apoyaron 167 PYMES y 24 Instituciones guatemaltecas (universidades, cámaras, gremiales y asociaciones, entre otras con algunos programitas pequeños pero que para ellos eran importantes; hasta elaboración de planes estratégicos, diversificación de mercados, inteligencia de mercados, con el fin de mejorar, de posicionarse, de ampliar sus operaciones y hay alguna experiencia aprendida en ese programa de innovación tecnológica de CONCYT, pero ese lo trabajaron más que todo con algunas entidades como la Gremial de exportadores de productos no tradicionales mas que con el Ministerio de educación. Sin embargo si se hizo la introducción de unos laboratorios de computación en los institutos del Ministerio de educación para que los jóvenes ya tengan acceso a la tecnología; la pregunta es, si están siendo bien implementados y utilizados porque cuesta mucho conseguir maestros de tecnología que le ayuden a los jóvenes a usar al máximo esa herramienta.


Falta de apoyo

Específicamente no hay apoyo financiero en estos momentos, talvez si haya pero habría que buscar esas ventanas de oportunidad. Quizás en el CONCYT puedan rehacer una segunda fase con este programa de innovación tecnológica del BID y ahi podría dejarse abierta la oportunidad de que participen estudiantes o trabajar como la Landivar un programa de ferias, de incubadoras de negocios o una feria de emprendimiento para que los alumnos presenten sus proyectos. Han habido casos muy interesantes de proyectos y productos novedosos que incluso se deben patentar. El gran reto de Guatemala es inventar mas cosas, ser más creativos, pero sobre todo que haya más patentes que se creen cosas y que se registren debidamente.

Muchos dicen que el capital existe, lo que no tiene es el modelo de negocios para que sea sostenible. Todo hay que hacerlo bajo un marco, si no se tiene un modelo definido de los actores, en donde se detalla quién gana qué, aportando qué, cuales son las tareas que deben hacer, cuál es su responsabilidad. Si eso no está totalmente claro, el modelo no va a funcionar. Existe capital de riesgo en Guatemala, obviamente el capital de riesgo tiene un retorno, un rendimiento bastante mas alto que el capital de inversión normal pero su porcentaje de acierto es mas bajo. Francisco Sandoval afirma que ve personas interesadas en esto pero tiene que haber un marco que determine qué es lo que uno hace en una incubadora y cómo gana en una incubadora, la idea de esto es que para que sea sostenible un modelo de incubadoras, tiene que ser una ecuación en la que todos ganen, si hay ganancias todos ganan y si hay perdidas todos pierden. Pero la idea es que no haya alguien que se aproveche de la situación como pasa normalmente en la mayoría de proyectos que realiza el gobierno.

Existen inversionistas interesados en invertir en nuevas ideas y proyectos. Se desconoce si el estado tiene recursos para dar financiamientos no reembolsables para dicha iniciativa.

Miedo a la inversión

Aunque la mayoría de inversionistas parecieran tener miedo de invertir por la falta de seriedad que han presentado los proyectos guatemaltecos y la mala selección que de los desarrolladores de los proyectos que se han apoyado en el pasado. Y ese es el principal problema por el cual no hay capital actualmente. La credibilidad por parte del estado se ha perdido a la vista de los inversionistas extranjeros.

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Ley Israeli de fomento a la investigación y desarrollo industrial (5)


CAPÍTULO CINCO:

BENEFICIOS

Derecho a un beneficio

26. Cualquier parte que se le ha dado su aprobación de acuerdo con la presente Ley tendrán derecho a recibir un beneficio, si cumple todas las condiciones de la aprobación del Plan y cumple con las disposiciones de esta Ley y de las normas establecidas por la Comisión de Investigación en virtud de la presente Ley .

Beneficios de la prevención de la doble

27. Un beneficio no se pagará más de una vez con respecto a cualquier plan.

Tipo de subvención

28. La subvención será a una tasa del 20%, 30%, 40% o 50% de los Gastos de investigación y desarrollo, según lo estipulado por el Comité de Investigación de conformidad con los objetivos de esta ley.

(b) En su decisión mencionada en el punto (a), el Comité de Investigación se atribuyen de manera importante a la aprobación del destinatario original de la declaración relativa a la fabricación de porcentaje en Israel.

(c) Los Ministerios podrán, con la aprobación del Comité de Finanzas de la Knesset, fijar normas relativas a los incrementos de los porcentajes previstos por la Comisión de Investigación, en las regiones de prioridad nacional. Para este fin “Las regiones de prioridad nacional” – significa que las regiones se han prescrito de conformidad con el artículo 40D de la Promoción de Inversiones de Capital de Derecho, 5718-1959 o en otras regiones que se establezcan por el Gobierno, de vez en cuando, en lo que respecta a los beneficios en virtud de la mencionada ley.

Valores

29.  El Jefe de la Administración podrá, de acuerdo con que prescriba la Comisión de Investigación, la demanda de seguridad para garantizar el retorno de la concesión de beneficios o, según proceda, de conformidad con los artículos 22 y 47, así como a cualquier otro asunto, a fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley o las condiciones en las que el Plan fue aprobado.

Tiempo para el pago de la subvención

30. La subvención se abonará a más tardar treinta días después del día en que el beneficiario de la aprobación demuestra, a satisfacción del Jefe de la Administración, que ha ejecutado la parte del plan aprobado y que se hayan contraído los gastos a los que la aplicación para el pago de la subvención se refiere.

Anticipos

31. (a) No obstante las disposiciones del artículo 30, el Jefe de la Administración podrá, de conformidad con las reglas prescritas por la Comisión de Investigación, aprobar el pago de un anticipo a cuenta de una subvención.

(b) A los efectos de los artículos 26, 29, 44, 45, 46 y 47, un anticipo a cuenta de una subvención debe considerarse como una subvención.

Reglas

32. El Jefe de la Administración podrá, con la aprobación de la Comisión de Investigación podrá prescribir las normas para la aplicación de las disposiciones del presente capítulo, incluidos los procedimientos para hacer una solicitud de prestaciones, los datos que deben figurar en la solicitud y los documentos que se adjuntan a la misma, las garantías exigidas para la recepción de una subvención, la forma y las fechas de pago de una subvención, por cuotas o en un tiempo, así como normas para la retención de una parte o la totalidad de la subvención.

Préstamos

33. (a) El Comité de Investigación podrá autorizar, a petición de la demandante, que el solicitante o un partido que va a invertir en el Plan en su empresa se le concederá un préstamo en lugar de una subvención en virtud de las disposiciones del presente capítulo.

(b) El préstamo estará garantizado en un acuerdo de préstamo con un banco autorizado a tal fin por el Ministerio de Finanzas, el banco de avanzar en el préstamo a la parte de ella, a un ritmo proporcional a los gastos de Investigación y Desarrollo del plan aprobado y en condiciones que serán determinadas por el Ministerio de Finanzas, previa consulta con el Ministerio de Industria y Comercio.

(c) (Derogado)

Beneficios para los científicos

34. (a)  La tasa de impuesto sobre la renta de los trabajadores como un punto de vista científico se deriva del empleo en un plan aprobado, o en otro Plan de Investigación y Desarrollo que el Jefe de la Administración ha aprobado para esos fines, no podrá exceder de treinta y cinco por ciento de tales ingresos, tales ingresos se considerará el nivel más alto de ingresos de su cargo; este beneficio no se concederá por un período superior a dieciocho meses.

(b) En esta sección, “Cientifico” – significa un empleado que, en virtud de un convenio colectivo en Israel y se aplican a él, tiene derecho a un año sabático con sueldo, y que en el año sabático, fue contratado en el marco de una Aprobado plan, en virtud de esta Ley, o en otro Plan de Investigación y Desarrollo que el Jefe de la Administración aprobado para esos fines, y que, antes de que ese empleo no era un empleado de la misma empresa.

35. (Derogado)

CAPÍTULO SEIS: EL FONDO EN EL

ADELANTO DE LA TECNOLOGÍA

Establecimiento del Fondo

36. Promoción de la Tecnología (en lo sucesivo denominado “el Fondo”).

Objetivo del Fondo

37. El objetivo del Fondo es promover la tecnología en Israel y para ayudar a la expansión de las actividades de Investigación y Desarrollo, entre otras cosas por –

(1) Asistencia en el establecimiento de una infraestructura tecnológica, diseñado para beneficiar a un determinado sector industrial o la industria en su conjunto, en esferas en las que esa infraestructura no existe en la actualidad o es insuficiente para las necesidades;

(2) La realización de investigación, encuestas y las investigaciones económicas y tecnológicas a fin de ayudar a la elaboración de la política del Gobierno en las ayudas de investigación y desarrollo industrial;

(3) Ayudar a la formación de mano de obra para las industrias de la ciencia.

Ingresos de la Caja

38.  Los ingresos del Fondo serán: –

(1) Una cantidad a razón de 0.6 por ciento de cada subvención o el préstamo previsto en esta Ley, que debe deducirse en el momento del pago a la parte con derecho a recibir la subvención o el préstamo;

(2) (Derogado)

(3) Dinero y créditos de cualquier persona para el adelanto de sus objetos y actividades.

Uso de dinero del Fondo

39. Todos los ingresos del Fondo se destinará exclusivamente para las actividades de financiación del mismo, aprobado por la gestión del Fondo, en el marco del presupuesto de la Caja y objetos.

Administración de la Caja

40. (a) El Fondo será administrado por una gestión de cinco miembros (en lo sucesivo – “la gestión”), es decir, –

(1) El Jefe de la Administración, que será el presidente de la Gestión;

(2) Un empleado del Ministerio de Industria y Comercio nombrado por el Ministerio de Industria y Comercio;

(3) Un empleado del Ministerio de Finanzas designado por el Ministerio de Finanzas;

(4) Dos miembros nombrados por los ministros por recomendación de los industriales de las organizaciones que se mencionan en la sección 11.

(b) Un miembro del Consejo de Administración serán nombrados por un período no superior a tres años, un miembro cuyo período de nombramiento haya expirado podrán ser reelectos.

Procedimiento de Gestión de las operaciones

41. La Dirección deberá establecer el procedimiento de sus deliberaciones y el trabajo en la medida en que no se prescribe en el Reglamento.

CAPÍTULO SIETE: LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL

INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL

Conjunto de fondos y acuerdos recíprocos

42. El gobierno puede, por recomendación del Ministro de Industria y Comercio, entrar en acuerdos recíprocos con los gobiernos de otros países para fomentar la investigación y el desarrollo conjunto de empresas o la creación de fondos con el fin de fomentar la cooperación en Investigación y Desarrollo entre las empresas industriales en Israel y en las empresas industriales en otros países, para alcanzar los objetivos de esta ley.

Disposiciones especiales con respecto a los planes en el marco de los acuerdos internacionales

42A. Las disposiciones de los artículos 17 (A1), 19 (B1) y 19A se aplicarán, mutatis mutandis, y de acuerdo con las normas establecidas por la Comisión de Investigación, al Plan que hayan sido aprobados conforme a esta Ley y se ejecutan en el ámbito de acuerdos de cooperación internacional en investigación y desarrollo industrial a la que Israel es Parte.

Disposiciones especiales relativas a los regímenes en el marco de acuerdos con empresas internacionales

42B. Las disposiciones de los artículos 17 (a) y (c), 19 (B1) y 19A se aplicarán, mutatis mutandis, y de acuerdo a las normas establecidas por la Comisión de Investigación, a los planes que hayan sido aprobados conforme a esta Ley y que se están ejecutado en el marco del compromiso de cooperación entre el Beneficiario y aprobación una empresa multinacional con el fin de llevar a cabo inversiones conjuntas en investigación y desarrollo industrial.

CAPÍTULO VIII: DISPOSICIONES GENERALES

Obligación de suministrar información

43. La parte que se ha dado una autorización a la Jefa de la Administración, a petición suya y en el plazo que va a prescribir, con toda la información, documentos y otras pruebas con respecto a la aplicación del plan aprobado, el cumplimiento de los condiciones de la aprobación y la determinación de la tasa de beneficios y la determinación de la responsabilidad y la tasa de las regalías.

Beneficios que se supeditada al cumplimiento de las disposiciones

44. Las disposiciones de esta Ley se aplicarán sin perjuicio de lo previsto en cualquier otra ley, sin beneficio se concederá, salvo que las disposiciones de esta Ley, los reglamentos y normas del mismo, del plan aprobado y de todas las condiciones de la aprobación, se han cumplido, y el solicitante ha demostrado que se mantiene aceptable libros, en el sentido de la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta, y, si tiene cualquier otra empresa, que mantiene un grupo separado de cuentas para los fines del plan aprobado.

Suspensión y revocación

45. (a) Cuando parece que el Jefe de la Administración que la parte que ha recibido una aprobación no ha cumplido con una disposición de esta Ley o de la o no ha cumplido con el plan aprobado o cualquier condición del plan aprobado, podrá enviar al destinatario Aprobación de la notificación de su intención de recomendar que el Comité de Investigación considerar la suspensión o revocación de la aprobación, en el futuro o retroactivo.

(b) En caso de que dicho anuncio, contemplado en la subsección (a) se ha dado, el Comité de Investigación –

(1)  Autorizar la continuación de la ejecución del plan aprobado, con sujeción o no dependerá de condiciones suplementarias;

(2) Suspender o revocar la aprobación, en el futuro o retroactivo;

(3) Retener los beneficios en espera de nuevas aclaraciones;

(4) Solicitar la devolución de los beneficios otorgados;

(5) Impedir o negar la concesión de prestaciones en cualquier otro plan que ha sido presentado por la aprobación de esta Ley de destinatarios.

La revocación por razones de falsa declaración

46. Cuando aparece a la Comisión de Investigación que se ha obtenido una aprobación sobre la base de la falsa o engañosa a sabiendas, deberá revocar la autorización con carácter retroactivo a la fecha en que se le dio.

(b) En caso de que se ha presentado una solicitud para una nueva audiencia con arreglo a la sección 22A o una apelación de conformidad con el artículo 23, contra una decisión de la Comisión de Investigación de acuerdo con esta sección, la aprobación será suspendido hasta que se tome una decisión sobre la nueva audiencia o apelación , según corresponda.

Retorno de los beneficios

47. (a) La parte que solicita en virtud de los artículos 22 o 45 para volver Ventajas otorgadas a las que deberán cumplir con la solicitud dentro de los noventa días a partir de la fecha de la notificación, o dentro de un período tan largo que se establezca en el anuncio, añadiendo la vinculación y diferencias de intereses, dentro de la sentido de la adjudicación de “Intereses y Enlace Derecho, 5721-1961, pero la Comisión de Investigación podrá, por razones especiales que se hará constar, renunciar a todo o parte de los intereses.

(b) Cuando una empresa ha recibido los beneficios de esta Ley y de liquidación de pagos o la orden se haga en contra de ella o se resuelve en una liquidación voluntaria, antes de que se haya ejecutado la totalidad del plan aprobado y cumplido todas las condiciones que figuran en la aprobación, se considerará que se han comprometido a devolver los beneficios antes de la realización de la de liquidación o recibir órdenes o la aprobación de la resolución, a menos que el Comité de Investigación decide que los beneficios no serán devueltos ni se devolverá sólo en parte, el mismo se aplicará en el caso de una persona contra la que un síndico de la quiebra se hace en los procedimientos de quiebra. Nada de lo dispuesto en este apartado se tendrán en cuenta como excepciones a lo dispuesto en el derecho del Estado a recibir regalías en la sección 21, de cualquier ingreso en el sentido de la palabra en esa sección, después de recibida una orden de liquidación, fin de pagos o de una decisión sobre liquidación voluntaria.

(c) Cuando se revoca una autorización en virtud del artículo 46, la aprobación de destinatarios está obligado a devolver los beneficios que ha recibido dentro de los sesenta días a partir de la fecha en que la notificación de la revocación es enviado a él, junto con la vinculación y diferencias de intereses, en el sentido de la términos de la adjudicación de intereses y Enlace en Derecho, 5721-1961, a partir de la fecha de recepción de los beneficios.

(d) Las disposiciones de la presente sección no afectarán a cualquier otra ley, y donde una de las condiciones relativas al pago de regalías o la prohibición de la transferencia de conocimiento técnico de violación, las disposiciones del presente artículo no afectará a la obligación de la parte a la que la aprobación se concedió para cumplir con tal condición.

(e) Cualquier suma adeudada a la Tesorería del Estado con motivo de la devolución de los beneficios, se recogerán en la manera en que se recogen impuestos, y los Impuestos (Colección) Ordenanza se aplicará como si dichos importes se impuesto en el sentido de dicha Ordenanza.

Sanciones

47A. Uno que, sin la autorización de la Comisión de Investigación o en violación de las condiciones de dicha autorización, por acción o por omisión, transferencia o la transferencia posible fuera de Israel de conocimiento técnico desarrollado como parte de un plan aprobado o como consecuencia de su ejecución o los derechos de propiedad intelectual derivados de los conocimientos que se ha desarrollado de tal manera, será castigado con tres años de prisión.

Sanción económica

47B. (a) (1) Si el Jefe de la Administración tiene un motivo razonable para suponer que un receptor de aprobación ha infringido alguna de las obligaciones que se indican a continuación, se dará aviso por escrito a él que él se encontró a la infracción de cualquiera de las funciones que se le habían impuesto, y que si no cumple con esa obligación dentro de los 45 días de recibir la notificación, que será objeto de una sanción económica:

(a) El deber de informar de un cambio de control o cualquier cambio en la explotación de los medios de control de la aprobación de destinatarios, de conformidad con el artículo 18;

(b) La obligación de presentar un informe de conformidad con el artículo 20;

(c) El deber de suministrar información, documentos y evidencias requeridas por el Jefe de la Administración, de conformidad con el artículo 43.

(2) Si el destinatario no ha recibido la Aprobación para llevar a cabo la obligación dentro del plazo señalado en el párrafo (1) el Jefe de la Administración puede imponer una sanción económica que le incumban en los importes que se indican a continuación, siempre que se le ha dado la oportunidad de expresar sus reclamaciones.

(a) En lo que respecta a la obligación mencionada en el párrafo (1) (a) – la cantidad de 6.000 NIS;

(b) En lo que respecta a la obligación mencionada en el párrafo (1) (b) – la cantidad de 24.000 NIS;

(c) En lo que respecta a la obligación mencionada en el párrafo (1) (c) – la cantidad de 12.000 NIS;

(b) Una sanción económica se pagará a petición del Jefe de la Administración, dentro de los 45 días de la recepción de la demanda. En el caso de la sanción financiera que no se haya pagado en la fecha de vencimiento, la vinculación y diferencias de intereses se devengarán al respecto para el período de la demora, de acuerdo con la adjudicación de intereses y Enlace en la Ley, 5721-1961, hasta el pago de los mismos.

(c) Una sanción económica será de acuerdo a la actual cantidad en la fecha de la demanda de pago. Tras un recurso presentado y el tribunal que conozca de dicho recurso instruyó la suspensión de su pago, la sanción económica será en el actual importe a partir de la fecha de la decisión sobre el recurso que se están realizando.

(d) El Jefe de la Administración podrá actualizar el importe de la sanción económica el 1 de enero de cada año, de acuerdo con la tasa de cambio que se ha producido en el Index, Índice de la última actualización publicada antes de la comparación con el último índice publicado antes del comienzo de la presente Ley. El Jefe de la Administración podrá redondear aún más el importe de la sanción económica a la más cercana múltiples de 10 NIS; el Jefe de la Administración publicará en el Boletín Oficial la notificación de la cuantía de la actual sanción económica .

(e) Los Impuestos (Colección) Ordenanza se aplicarán a la recogida de una sanción financiera.

La demanda de una sanción económica de un oficial de la aprobación de destinatarios

47C (a) Si una sanción impuesta de conformidad con el artículo 47 ter sigue pendiente de pago, el Jefe de la Administración podrá exigir el pago de los mismos de cualquier persona que actúe como director o gerente general de la aprobación de destinatarios en el momento de la infracción, a menos que cualquiera de los siguientes se ha demostrado :

(1) Que ha tomado todas las medidas apropiadas para evitar la infracción;

(2) Que no sabía y no podía haber conocido la infracción.

(b) Si la sanción económica se ha pagado por un director o gerente general, la aprobación Receptor no estará obligado a pagar la misma, y el pagador tendrá derecho a indemnización a partir de la aprobación de destinatarios.

Recurso contra la sanción económica

47D. (a) Una demanda que pagar una sanción financiera puede ser apelada ante el Tribunal de Primera Instancia dentro de los 30 días de la demanda de pago de dicha sanción económica de haber sido notificado.

(b) El recurso no se operan de suspender el pago de la sanción económica a menos que el Jefe de la Administración o de la corte ha ordenado a otra cosa.

(c) Si el recurso se le permite, después de la sanción económica ha sido pagada, la sanción económica será reembolsado con la adición de la vinculación y diferencias de intereses a partir de la fecha de pago hasta que haya sido devuelto.

(d) Se podrá interponer recurso contra la decisión del Tribunal por licencia, y la Corte tratará el recurso de casación por un único juez.

Publicación de Reglas de Comité de Investigación

48. Normas establecidas por la Comisión de Investigación en virtud de la presente Ley se publicará en el Boletín Oficial.

Publicación de los nombramientos

49. Notificación de los nombramientos en virtud de la presente Ley se publicará en el Boletín Oficial.

Delegación de facultades del jefe de la Administración

50. El Jefe de la Administración podrá, con la aprobación de la Comisión de Investigación, delegar cualquiera de sus poderes en virtud de la presente Ley, excepto el poder de servir como miembro y presidente de la Comisión de Investigación.

Ahorro de poderes

51.    Las facultades conferidas por la presente Ley no afectarán a las competencias en virtud de cualquier otra ley.

Reglamentos y tarifas

52. Los Ministros podrán, con la aprobación del Comité de Finanzas de la Knesset, que los reglamentos sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de la presente Ley, incluida la determinación de las tasas, la cuantía y normas relativos a los pagos para la tramitación de las solicitudes o cualquier otro servicio prestado por el Administración.

Inicio y disposiciones transitorias

53. La presente Ley entrará en vigor el día 8 de Tevet de 5745 (1 de enero, 1985).

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Ley Israeli de fomento a la investigación y desarrollo industrial (4)


CAPÍTULO CUATRO: HOMOLOGACIÓN Y APELACIONES

Aprobaciones y Apelaciones

16. (a) El solicitante de la aprobación de un Plan presentará a la Comisión de Investigación una descripción detallada del Plan tiene la intención de ejecutar, junto con los detalles con respecto a la inversión requerida y las fuentes de financiación, un resumen de los actuales conocimientos sobre la tema y las posibilidades de obtenerla, una exposición de la novedad del producto a desarrollar y sus ventajas frente a otros productos, los detalles en cuanto a la forma en que se propone para la fabricación del producto si los resultados de la investigación y desarrollo se logran, una declaración sobre los lugares donde el producto se fabrica en Israel y en el extranjero, el proyecto de las operaciones de fabricación en esos lugares, junto con argumentos por qué algunas operaciones de fabricación están previstas para ejecutar en el extranjero, y el porcentaje de valor añadido prevista en Israel y en el extranjero (en esta Ley denominado – “Declaración sobre la ubicación de la Fabricación y el Porcentaje de Valor Agregado“), incluidos los detalles de los propietarios de los derechos sobre los conocimientos técnicos, de fabricación o de comercialización y un resumen con respecto a las posibilidades de comercialización de los productos y los acuerdos que se han hecho para garantizar la fabricación en Israel, el solicitante deberá entregar a la Comisión, cualquier otro detalle o documento solicitado por éste como se requiere para un examen del Plan.

(b)-(d) (derogado)

Aprobación del Plan

17. (a) El Comité de Investigación no apruebe un plan o parte de el a menos que se haya recibido una opinión sobre el Plan de un examinador profesional habilitado para ello por el Jefe de la Administración e indique que el Plan tiene una perspectiva razonable de llevar a la creación de un producto que podría conducir a la promoción de los objetivos de esta ley. La Aprobación del Plan sólo será concedida a una empresa constituida en Israel, que, como resultado de la ejecución del Plan, se espera sea desarrollado en Israel por israelíes residentes, un nuevo producto o un producto existente en una mejora significativa que ha se presentó (en esta Ley, en lo sucesivo denominado – “la aprobación Receptor”) a menos que el Comité de Investigación está satisfecho por las razones que se registran, que para la ejecución del Plan es esencial que el marco del Plan se lleve a cabo fuera de Israel o por israelíes no residentes.

(a1) En la decisión de conceder la aprobación para el Plan y la tasa de los beneficios que se concederá a éste, el Comité de Investigación tiene importante peso a la aprobación del destinatario de declaración sobre la localización de la fabricación y el porcentaje del valor añadido en Israel.

(b) El Comité de Investigación no se apruebe un plan si una de las siguientes se produce:

(1) El solicitante se propone ejecutar el Plan en el orden de otro, teniendo en cuenta para el pago total o parcial que figura en la concesión total o parcial de los derechos de la propiedad en el conocimiento técnico del producto;

(2) (a) El solicitante va a recibir para la ejecución del Plan, la asistencia del Gobierno, no de conformidad con las disposiciones de esta Ley;

(b) No obstante lo dispuesto en las disposiciones de la subsección (a), el Comité de Investigación deberá aprobar un plan en los casos y en las condiciones que se prescriben por los Ministerios con la aprobación del Comité de Finanzas de la Knesset;

(3) El Plan se refiere a la ejecución de Investigación aprobado para la investigación científica, de conformidad con el Impuesto sobre la Renta (Beneficios para la inversión en el Examen de valores para los que se destina a la Investigación Científica), Ley, 5744-1983).

(c) Cuando un plan o una parte del mismo ha sido financiado por otro, excepto como parte de un orden tal como se describe en la subsección (b) (1), el importe de dicha financiación se deducirá del presupuesto aprobado del Plan;

(d) En caso de que el Comité de Investigación ha aprobado un plan o una parte del mismo  (denominado en lo sucesivo – “Aprobado el Plan”), deberá expedirse un certificado escrito a tal efecto, firmado por el Jefe de la Administración;

(e) En caso de que la Comisión de Investigación no ha aprobado un plan o una parte del mismo, el Jefe de la Administración notificará al solicitante de las razones por escrito, dentro de catorce días a partir de la fecha de la decisión.

Plan Aprobación de una modificación al Plan

18. (a) Cualquier cambio en un plan aprobado, con respecto al contenido de la Investigación y el Desarrollo, o el importe de los gastos necesarios para la ejecución del Plan, o con respecto a los requisitos para la fabricación del producto en Israel, o en cualquier otra respecto, se requerirá la aprobación de la Comisión de Investigación.

    (a1) El Receptor de Aprobación y Control de la Parte o Partes interesadas los mencionados en la subsección (2), según proceda, informe a la Comisión de Investigación sobre las fechas prescritas por él y publicado en el Boletín Oficial de cualquiera de los siguientes cambios:

    (1) Un cambio en el control de la aprobación de destinatarios;

    (2) Un cambio en la Celebración de los medios de control en la aprobación de destinatarios que transforma cualquier persona que no sea ciudadano o residente de Israel o de las empresas incorporadas en Israel en una parte interesada directamente en el receptor de Aprobación; Al efectuar dicho informe, el interesado se firmar un compromiso en la forma que será publicado por la Comisión de Investigación en el Boletín Oficial. Con este fin, “Celebración” y “Medios de Control” – llevar el concepto definido en la Ley de Valores, 5728-1968.

    (b) El Jefe de la Administración, con la aprobación de la Comisión de Investigación, podrá nombrar sub-comités de entre los miembros de la Comisión de Investigación, y la autonomía de los comités para aprobar, de conformidad con las disposiciones de la presente Ley y las reglas que prescriba la Jefe de la Administración, con la aprobación de la Comisión de Investigación –

    (1) Un cambio en las secciones de gastos de un plan aprobado, siempre y cuando el presupuesto global aprobado para el marco de Aprobación destinatario no va a aumentar en estos años;

    (2) Una variación en las fechas de la ejecución del plan aprobado;

    (3) Un cambio en la parte que realiza la investigación y desarrollo y la sustitución del jefe investigador en un plan aprobado;

    (4) Transferencia de conocimientos y de cualquiera de los derechos derivados del mismo a otro dentro de Israel;

    (5) Un cambio en la definición del producto en el plan aprobado, con el fin de determinar los ingresos resultantes de los productos para los que se pagarán las regalías;

    (6) Corrección de errores no materiales que se han producido en la carta de aprobación para el plan aprobado.

    (b1) El Jefe de la Administración o su suplente será el presidente de cualquier subcomité designado de conformidad con la subsección (b). Al menos uno de los miembros del sub-comité será un representante de la Ministerio de Finanzas y será nombrado por el Ministro de Finanzas entre los empleados de su Ministerio y por lo menos uno será un representante del público, de entre los industriales, que serán nombrados por los Ministerios. El quórum en las reuniones del subcomité es de al menos tres miembros.

    (c) Las disposiciones del artículo 17 se aplicarán, de acuerdo a la aprobación de un cambio en el Plan.

    Condiciones para la ejecución del Plan

    19. (a) El Comité de Investigación podrá, a su discreción, prescribir las condiciones previas en su aprobación, para su entrada en vigor y las condiciones en relación con la ejecución del Plan.

      (b) La ejecución de la Investigación y Desarrollo en el marco de un plan aprobado se ejecute por la aprobación de destinatarios o de la parte indicada por el beneficiario dentro de la aprobación del Plan como la parte a la que la Investigación y Desarrollo, o parte de ella, se entregará para su ejecución, o por la parte ejecutante que haya sido aprobado de conformidad con la sección 18 (b) (3).

      (b1) Los conocimientos derivados de la investigación y el desarrollo de acuerdo a un plan aprobado que no sea el producto que se ha desarrollado en el marco de dicho Plan, y cualquier derecho derivado de ella no se transferirá a otro, fuera de Israel, excepto de conformidad con las disposiciones de la sección 19B.

      (c) El Comité de Investigación o la sub-comisión podrá, en virtud de la facultad que se les otorgan en acuerdo con el artículo 18, aprobar la transferencia de conocimientos a otro dentro de Israel, a condición de que las obligaciones en virtud de esta ley y en los términos del Plan, aplicará a los receptores de los conocimientos, incluida la obligación de no transferir los conocimientos a otro sin el consentimiento de la Comisión de Investigación, y en particular la obligación de pagar regalías;

      (d) (Derogado)

      Fabricación en Israel y la transferencia de la fabricación en el extranjero

      19A. El producto que se desarrollará como resultado de la investigación y desarrollo o parte de ella, será fabricado en Israel a una tasa que no podrá ser inferior a los porcentajes de la producción y el porcentaje del valor añadido en Israel figura en la declaración con respecto a la ubicación de la fabricación y el porcentaje del valor añadido de la aprobación dada por el destinatario (en esta Ley, denominado – “el original Porcentaje Fabricación en Israel”).

        (b) No obstante lo dispuesto en la mencionada en la subsección (a) con el fin de lograr los objetivos de la presente Ley, la Comisión de Investigación podrá, en casos especiales y por motivos que se va a grabar, aprobar, durante el curso de la ejecución del Plan o después de la conclusión del mismo, a petición de la aprobación de destinatarios, la transferencia de fabricación o de los derechos de fabricación de un producto que ha sido desarrollado en el marco del Plan o que los resultados de ella (denominado en lo sucesivo – “la transferencia de la fabricación”), en el extranjero , en razón de que el porcentaje de fabricación en Israel de la fabricación original porcentaje mencionado en la subsección (a) se reducirá, a condición de que uno obtiene de los siguientes:

        (1) La aprobación de destinatarios será responsable del pago de regalías por razón de la transferencia de la fabricación, a las tasas y en las condiciones prescritas de conformidad con las disposiciones de la sección 21 (c).

        (2) Contra la transferencia de la fabricación en el extranjero, la fabricación o derechos de fabricación de un producto similar o en un nivel tecnológico superior a la del producto que es objeto de la solicitud de transferencia, será transferido a Israel (en el presente apartado denominado – “la Fabricación Suplente”), siempre que el volumen de empleo y la creación de lugares de trabajo en Israel, el porcentaje del valor añadido en Israel y en la medida de marketing para el mercado mundial, destinada a consecuencia de la fabricación o la fabricación de los derechos que ser trasladados a Israel, no podrá ser inferior a los destinados a consecuencia de la fabricación o los derechos de fabricación de acuerdo con el plan aprobado, que se transferirá en el extranjero; La Comisión de Investigación no conceder una autorización para una transferencia de acuerdo con este apartado hasta el Receptor depósitos aprobación de un aval a dicha suma se prescribe a fin de asegurar la Fabricación Suplente.

        (c) Las siguientes disposiciones se aplicarán a una nueva solicitud presentada con arreglo a la subsección (b) a efectos de determinar la aprobación del destinatario original de fabricación porcentaje en Israel:

        (1) Cuando la solicitud anterior ha sido aprobado de conformidad con el párrafo (1) de la subsección (b) – el porcentaje de fabricación en Israel, en su forma enmendada de conformidad con la solicitud aprobada, se considerará la aprobación del destinatario original de la fabricación de porcentaje;

        (2) Cuando la solicitud anterior ha sido aprobado de conformidad con el párrafo (2) de la subsección (b) – la fabricación de sustitución en el sentido de este párrafo se considerará que sustituye a la fabricación o la fabricación de derechos que se han transferido al extranjero con arreglo a la solicitud que había sido aprobado.

        (d) Sin perjuicio de lo establecido en la subsección (b), la transferencia de la fabricación en el extranjero, que acumulativamente junto con las transferencias anteriores de fabricación por la demandante beneficiaria a una reducción en el porcentaje original de fabricación en Israel que no exceda del 10%, no requiere la aprobación de la Comisión de Investigación, siempre que el candidato beneficiario haya dado aviso por escrito a la Comisión de Investigación antes de llevar a cabo la transferencia, y el Comité de Investigación o el subcomité designado de conformidad con el artículo 18 (b), no ha informado de su negativa a la transferencia de la fabricación dentro de los 30 días de la recepción de dicha notificación.

        (e) La parte que presenta una solicitud o entrega de una notificación de acuerdo con esta sección deberá, a petición de la Comisión de Investigación o de cualquiera de las partes en su nombre, a presentar al Comité por escrito dentro del plazo prescrito en la demanda, ninguna explicación, los detalles, la información y la documentos relativos a los detalles que figuran en la solicitud o notificación, según corresponda.

        (f) El Comité de Investigación de fijar reglas en cuanto a los detalles que deben incluirse en la solicitud o notificación de acuerdo con esta sección, y los documentos que se adjunta al mismo.

        Transferencia de conocimientos en el extranjero

        19B. (a) En esta sección –

          “Bolsa”, “Empresa privada”, “Empresa Pública”, “Distribución”, “concentraciones”, “Bono de Acciones” – llevar a las definiciones contenidas en la Ley de Sociedades, 5759-1999;

          “El precio de venta” de los conocimientos técnicos o de la aprobación de destinatarios – significa el precio de venta del conocimiento técnico de la aprobación de destinatarios, según proceda, y la venta mencionada en el apartado (f) – el precio fijado por el Comité de Investigación de acuerdo con que la sub-sección;

          “Venta” de la aprobación de destinatarios – mediante la venta de todos los activos de Aprobación del destinatario, de concentraciones, así como cualquier otra transacción prescrito por los Ministros;

          “Interés Anual”- tal como se define en el Fomento de la Investigación y Desarrollo Industrial (Tasa de Regalías y el Reglamento para el pago del mismo), Reglamento, 5756-1996.

          (b) El Comité de Investigación podrá, en casos especiales, a la aprobación de una solicitud de transferencia de know-how en el extranjero como resultado de la investigación y el desarrollo de acuerdo a un plan aprobado, al no ser el producto desarrollado en el marco de dicho Plan, y cualquier derecho derivado de ella (en esta sección – “Conocimiento técnico”), en las condiciones que se indican a continuación, según corresponda:

          (1) Aprobación del Receptor pagará en efectivo, el importe de base reducida de acuerdo con las disposiciones de la subsección (g), en este apartado “el importe de base” – significa un importe igual al la relación entre el total de subvenciones recibidas por el destinatario de Aprobación de acuerdo con esta Ley, para el total de inversiones financieras en la ejecución del plan aprobado, multiplicado por el precio de venta de los conocimientos técnicos, siempre que ello no será inferior a la suma de este tipo de subvenciones, además de interés anual;

          (2) Si la solicitud es transferir conocimientos técnicos en el extranjero en el marco de una venta de la aprobación de destinatarios que, como resultado de la aprobación que ha dejado de ser receptor una sociedad constituida en Israel – la aprobación Receptor pagará en efectivo, el importe de base reducido de acuerdo con las disposiciones de la subsección (g), en este apartado “el importe de base”, un importe igual a la relación entre el total de subvenciones recibidas por el destinatario de Aprobación de acuerdo con esta Ley, a la inversión financiera total invertido en menos los activos financieros que sean prescritos por los Ministros, multiplicado por el precio de venta de la aprobación de destinatarios, siempre que esto no podrá ser inferior a la suma de tales subvenciones, además de interés anual;

          (3) Si la solicitud es transferir conocimientos técnicos en el extranjero a cambio de la transferencia de conocimientos técnicos sustitutos a la aprobación de destinatarios en Israel, y la Comisión de Investigación está convencido, teniendo en cuenta los tipos de los conocimientos que se transfieren y el grado de su obsolescencia tecnológica, así como la duración del período que ha transcurrido desde la conclusión del desarrollo de los conocimientos necesarios para ser transferidos al exterior y el volumen de las regalías han sido pagadas hasta la fecha de la solicitud de transferencia, que, por razón de la sustitución de conocimientos que serán trasladados a Israel, los excedentes de producción que se obtiene es mucho mayor que la que de otro modo se han obtenido en razón de los conocimientos necesarios para ser transferidos al extranjero, el Comité podrá, por razones especiales que se registrarán, a la aprobación de la transferencia de los conocimientos técnicos y la aprobación de destinatarios no se cobrará ningún pago por razón de la transferencia; En el caso de que el Comité aprobó esa transferencia de conocimientos técnicos, el plan aprobado se procederá a variar en consecuencia para que sustituir el conocimiento técnico se incluirá en el Plan y la modificación del Plan, a los efectos de esta Ley, se considerará que el original plan aprobado; Las disposiciones del presente apartado se aplicará también a la asociación de una de las partes en el extranjero en el conocimiento técnico la aprobación de la asociación contra el receptor de la aprobación de destinatarios en los conocimientos de dicha parte, a los efectos de todos los conjuntos y las nuevas de Investigación y Desarrollo.

          (c) No obstante lo dispuesto en las disposiciones de la subsección (b) (1), si el comprador del conocimiento técnico ha concedido una autorización expresa para la aprobación de destinatarios para explotar el conocimiento técnico y pleno uso de la misma y todos los derechos inherentes a la misma o que se deriven de ellos, por medio de una exclusiva e irrevocable licencia ilimitada en el tiempo, lugar o de otro modo, el Comité podrá, por razones especiales que se registrarán, a la aprobación de la transferencia del conocimiento técnico sin cobrar a la aprobación de destinatarios de cualquier pago en razón de la transferencia .

          (d) No obstante lo dispuesto en las disposiciones de la subsección (b) (2), si el examen debido a una venta de la aprobación de destinatarios mencionados en dicha subsección, es decir, total o parcialmente por medio de acciones (en este punto – “la Examen en Acciones “), y la diferencia entre el precio de venta de la aprobación y el Examen de destinatarios en acciones (en este punto -” el efectivo “) es menor que el pago a la aprobación de destinatarios deben pagar de acuerdo a la subsección (b) (2), el examen se abonarán en efectivo y la Comisión de Investigación podrá aplazar el pago de la diferencia entre el pago completo de acuerdo con que la sub-sección y la consideración en efectivo (en este apartado – “Balance de la por pagar “), con sujeción a las condiciones que se indican a continuación y de las nuevas condiciones que la Comisión vaya a dirigir:

          (1) Si el examen es que en acciones de una empresa privada – la totalidad de las acciones recibidas como contraprestación se abonará en favor del Estado, hasta que el saldo ha sido transferido, y el comprador de la aprobación destinatario dará un compromiso de no transferir los conocimientos técnicos a otro, directa o indirectamente, ni por su efecto cualquier transacción con el suplemento de acciones, incluyendo una distribución de dividendos o bonificación acciones, hasta que el saldo ha sido transferido; La Comisión de Investigación podrá decidir realizar el cargo en cualquier momento, en para vender las acciones;

          (2) Si el examen es que en acciones de una empresa pública de las acciones será incluido en la lista de negociación en una Bolsa de Valores ya la salida de dichas acciones habrá cobrado en favor del Estado, acciones que tengan un valor equivalente al saldo a pagar hasta que la transferencia de dicho saldo, siempre que el pago se efectúe dentro de los tres meses de la primera fecha en la que las acciones podrán ser vendidas; Si el pago no se ha pagado en la fecha, el Estado tomará medidas de inmediato para realizar la carga y venta de las acciones.

          (e) No obstante lo dispuesto en las disposiciones de las subsecciones (b) (1) y (2), si la solicitud es transferir conocimientos técnicos en el extranjero como se indica en dicha subsección, incidentales a una liquidación por causa de insolvencia o quiebra de la aprobación de destinatarios , y el precio de venta del conocimiento técnico o de la aprobación de destinatarios, según el caso, es inferior al total de las inversiones que se han invertido en la ejecución del plan aprobado o invertido en la aprobación de destinatarios, según proceda, la Comisión de Investigación podrá prescribir que la disposición contenida en dicho apartado el importe básico que requiere para que no sea inferior a la suma de las subvenciones anuales de más interés, no se aplicará; En caso de tal determinación por el Comité, el importe de base no se reducirá de acuerdo con la disposiciones de la subsección (g).

          (f) Si la venta del conocimiento técnico o de la aprobación de destinatarios como se indica en la subsección (b) (1) o (2) es una venta sin tener en cuenta, una venta entre empresas relacionadas, tal como se define en la sección 21 o de una fusión, o la Comisión de Investigación considera que el examen que se ha recibido con motivo de la venta no es realista, la Comisión de Investigación se fijará el precio de venta para los propósitos de esta sección, sobre la base de una economía de su propia opinión.

          (g) El importe de base de acuerdo a la subsección (b) (1) o (2) se reducirán hasta el total de las subvenciones recibidas por la aprobación de destinatarios, además de interés anual, menos las regalías pagadas por el mismo de conformidad con las instrucciones que se prescrito por los Ministerios. En las instrucciones de los Ministerios se fijará el período durante el cual el importe de base se reducirá de acuerdo con esta sub-sección y las fechas y las tarifas para la reducción, siempre que el período comenzará a correr, al menos, dos años después del final del período de la ejecución del plan aprobado y terminar a más tardar 12 años después de la terminación del ejercicio económico.

          (h) Si un pago de acuerdo con las disposiciones de esta sección no ha sido pagada, la vinculación y diferencias de intereses en el sentido de la Adjudicación de interés y la vinculación de Derecho, 5721-1961 será añadido de los mismos; El pago se recogerán en la misma forma que la recaudación de impuestos, y los Impuestos (Colección) Ordenanza se aplicará como si el mismo se gravan en el sentido de dicha Ordenanza.

          (i) En el caso de una solicitud de transferencia de conocimiento técnico de haber sido aprobado de conformidad con esta sección, salvo de conformidad con las subsecciones (b) (3) o (c), la aprobación se considerará incluida la aprobación mencionada en la sección 19A ( b) para la transferencia de la totalidad de la fabricación y derechos de fabricación del producto que se ha desarrollado de acuerdo con dichos conocimientos, salvo que la obligación de pagar regalías de acuerdo con la sección 21 no se aplicará con respecto al período que comienza en la fecha de la homologación.

          (j) Los Ministerios podrá colocar:

          (1)Normas para calcular el precio de venta de manera que se tendrá en cuenta las acciones que se hayan expedido a los empresarios y los empleados que no sea por dinero en efectivo.

          (2) Instrucciones y condiciones relativas a la concesión de una autorización de la aprobación de destinatarios en el extranjero a una de las partes a utilizar los conocimientos técnicos, incluido el pago al Estado de la aprobación de destinatarios por razón de la concesión de la autorización.

          (k) Los importes de los pagos que se le pagara de acuerdo a esta sección se aplicarán a fomentar la investigación y desarrollo industrial.

          Informes

          20. Cualquier parte que se ha dado una autorización deberá presentar un informe sobre los progresos de la investigación y desarrollo y un informe financiero sobre los gastos de investigación, todos en las fechas y de conformidad con las reglas que prescriba la Comisión de Investigación y publicado en el Gaceta Oficial.

          Regalías

          21. Cualquier parte que se ha dado una autorización de pago de regalías al Estado de toda la tesorería de ingresos derivados de los productos desarrollados en el marco de o que se deriven del Plan, incluidos los servicios que están asociados con el producto o que forman parte del producto, si el ingreso devengado a la parte que se dio a la aprobación o asociado a una persona o empresa, para este fin –

          “Asociados persona o empresa” – uno de los medios siguientes:

          (1) Una empresa, el control de los que, directa o indirectamente, está en manos de la parte que se ha dado la aprobación;

          (2) La parte que controla, directa o indirectamente, la parte que se ha dado la aprobación;

          (3) Una sociedad el control de los que, directa o indirectamente, está en manos de la parte en que se aplicarán las disposiciones de las subsecciones (1) o (2) se aplican, o en poder de la parte que ha recibido una aprobación en la forma prevista en el subsección (4);

          (4) La parte que ha recibido la aprobación para la fabricación de productos de la parte que se dio la aprobación o de la parte a la que las subsecciones (1) a (3) se aplican;

          “Control” – tiene el significado que le atribuye a ella en la Ley de Valores 5728-1968.

          “Ingresos” – tiene el sentido que sean prescritos por los Ministerios en el Reglamento.

          (b) Todos los importes de las regalías que se pagarán antes mencionadas se aplicarán en el fomento de la investigación y desarrollo industrial lo prescrito por la Comisión de Investigación.

          (c) Las regalías se paguen con las tarifas y de acuerdo a dichas normas como de los ministros deberá establecer por vía reglamentaria, previa consulta con la Comisión de Investigación.

          (d) Las regalías se recogerán de la misma manera que la recaudación de impuestos, y los Impuestos (Colección) Ordenanza se aplicarán como si las regalías se gravan en el sentido de dicha Ordenanza.

          Desistimiento de la ejecución

          22. (a) Cuando parece que el Jefe de la Administración de que la investigación y desarrollo no está avanzando de acuerdo con el Plan o que los resultados de la investigación y desarrollo en la etapa que ha llegado a indicar que las perspectivas del éxito del Plan han disminuido sustancialmente , podrá, previa audiencia de la parte a la que se dio la aprobación, recomendar a la Comisión de Investigación de revocar la autorización o modificar el plan aprobado.

          (b) El Comité de Investigación podrá aceptar la recomendación del Jefe de la Administración, en su totalidad o en parte, o rechazarla, o puede dar una decisión diferente en la materia, incluyendo una decisión en virtud del artículo 45 (b).

          (c) En caso de que un informe no ha sido sometido a lo dispuesto en el artículo 20, el Jefe de la Administración podrá considerar la investigación y desarrollo que no avanza de acuerdo con el plan aprobado y podrá actuar a lo dispuesto en la subsección (a).

          (d) En caso de que el Comité de Investigación ha decidido revocar o modificar la aprobación tal como se menciona en la subsección (b), el Jefe de la Administración o de una parte que ha sido facultada por él en ese nombre, podrá exigir que la aprobación de destinatarios pagar la totalidad o una parte de los beneficios que ha recibido, según corresponda, a menos que se haya demostrado que la aprobación de destinatarios ha provocado el adelanto de los objetivos de esta ley.

          Además Audiencia

          22A. (a)El Comité de Investigación podrá celebrar una nueva audiencia sobre cualquier decisión que ha adoptado, si dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la adopción de la decisión, la demandante que es la preocupación de la decisión que fue aprobado por la Comisión de tal manera, ha presentado un informe motivado solicitud por escrito a celebrar una nueva audiencia.

          (b) La presentación de una solicitud para una nueva audiencia por el solicitante requiere el pago de una tasa.

          Apelaciones

          23. (a) Toda parte que se considera perjudicada por una decisión de la Comisión de Investigación podrá presentar un recurso ante el Comité de Apelación dentro de los cuarenta y cinco días a partir de la fecha en que la decisión se comunicó con él.

          (a1) En caso de que el Comité de Investigación ha de celebrar una nueva audiencia sobre su decisión, según lo mencionado en la sección 22 (A), cualquiera de las partes que se considera perjudicada por la decisión sobre la nueva audiencia, puede apelar a la Comisión de Apelación dentro de los 30 días a partir de la fecha en que la decisión se comunicó con él.

          (b) La oposición deberá ser por escrito, exponiendo los motivos de la misma.

          (c) La presentación de un recurso de casación por la demandante exige el pago de una tasa.

          La Comisión de Apelación

          24. (a) El Comité de Apelaciones se compondrá de los siguientes cinco miembros:

          (1) Dos representantes del Ministerio de Industria y Comercio con un grado académico en los campos relativos a la labor del Comité, que será nombrado por el Ministerio de Industria y Comercio de los empleados de su Ministerio, uno de los cuales será designado para el presidente de la Comisión.

          (2) Un representante del Ministerio de Finanzas, que serán nombrados por el Ministerio de Finanzas de los empleados de su Ministerio;

          (3) Dos representantes de la opinión pública, no siendo funcionarios públicos, que tenga al menos diez años de experiencia empresarial o industrial, que serán nombrados por los Ministerios.

          (a1) Ninguna persona será nombrado miembro de la Comisión de Apelación que se desempeña como miembro de la Comisión de Investigación.

          (b) Tres miembros del Comité formarán quórum para sus deliberaciones, entre ellas el presidente, un funcionario y un miembro del público.

          Procedimiento de la Comisión de Apelación

          25. El Comité de Apelaciones deberá establecer los procedimientos de sus deliberaciones y el trabajo en la medida en que ello no está previsto en la normativa.

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          Ley Israeli de fomento a la investigación y desarrollo industrial (3)


          CAPÍTULO TRES: Investigación Industrial y Desarrollo de la Administración

          Establecimiento de la Administración

          5. Se establece una “Investigación Industrial y Desarrollo de la Administración” (en lo sucesivo, “La Administración”), que estará en funcionamiento para la realización de los objetivos de esta Ley y para el fomento de las inversiones en investigación y desarrollo industrial.

          Autoridades de la Administración

          6. Las autoridades de la Administración son:

          (1) La cabeza de la Administración;

          (2) El Comité de Investigación;

          (3) (Derogado).

          La Cabeza de la Administración (Jefe de la Administración)

          7.  (a) El Científico Jefe del Ministerio de Industria y Comercio será el Jefe de la Administración. El Jefe de la Administración, de oficio, es un Estado miembro, y el presidente de la Comisión de Investigación.

          (b) El Jefe Adjunto de la Administración, nombrado por el Jefe de la Administración como miembro de la Comisión de Investigación de conformidad con el artículo 9 (a) (2), será el presidente suplente de la Comisión de Investigación.

          Funciones de Jefe de la Administración

          8. (a) El Jefe de la Administración se encarga de la aplicación de la decisiones de la Comisión de Investigación y actuará en su nombre.

          (b) Todo lo que se presentará a la Comisión de Investigación deberá ser presentada por conducto del Jefe de la Administración y cualquier notificación en su nombre deberá ser entregado por él.

          El Comité de Investigación

          9. (a) El Comité de Investigación estará compuesto de nueve miembros, de la siguiente manera:

          (1) La Cabeza de la Administración (El Jefe de la Administración);

          (2) Cualquiera de los diputados del Jefe de la Administración, es nombrado por el Jefe de la Administración;

          (3) Dos representantes del Ministerio de Industria y Comercio con un grado académico en los campos relacionados con la labor del Comité, designado por el Ministerio de Industria y Comercio de los empleados de su Ministerio;

          (4) Dos representantes del Ministerio de Finanzas designados por el Ministerio de Finanzas de los empleados de su Ministerio;

          (5) Dos representantes de la opinión pública entre los industriales que serán nombrados por los ministerios, uno de ellos en la medida de lo posible, tener una educación en el ámbito de las ciencias naturales y la tecnología;

          (6) Un representante de la opinión pública, al no ser un funcionario público, que tenga al menos 10 años de experiencia en gestión empresarial o industrial, que será nombrado por los ministerios.

          (b)El nombramiento será por un período no superior a tres años, un miembro de la cuyo período de nombramiento ha expirado podrá ser renovado, siempre que un miembro que es un representante del público no será nombrado para más de un período adicional de la tenencia.

          (c) Un miembro de la Comisión de ser un representante del público tendrá derecho a una remuneración por su participación en las reuniones del Comité a las tasas prescritas para los directores de empresas del gobierno, según la Ley de Sociedades del Gobierno, 5735-1975.

          (d) (Derogado)

          (e) La persona o personas que se nombra a un miembro del Comité de Investigación también le nombrará un suplente permanente.

          (f) Aviso con respecto a una cita de un miembro de la Comisión de Investigación se publicará en el Diario Oficial.

          Terminación de la tenencia

          9A. (a) Un miembro de la Comisión de Investigación, dejará de servir como tal antes de la expiración del término de su mandato, en cualquiera de los siguientes casos:

          (1) Ha renunciado por entregar una carta de renuncia a los ministerios.

          (2) Ha sido declarado culpable de un delito por razón de la naturaleza, gravedad o circunstancias de que, él no es digno de ser miembro de la Comisión;

          (3) Ha dejado de ser un funcionario del ministerio de gobierno que él representa en el Comité;

          (4) Con respecto a un representante del público que le de su nombramiento como funcionario.

          (b) Los ministerios pueden eliminar a un miembro de la Comisión de Investigación de su cargo antes de la expiración de su plazo de tenencia, si no puede permanentemente, o por un período superior a seis meses consecutivos, desde el cumplimiento de sus funciones.

          (c) Si un proyecto de ley de la acusación penal fue presentada contra un miembro de la Comisión de un delito mencionado en el subpárrafo (a) (2), los Ministerios, previa consulta con el Fiscal General, podrá suspender de su cargo, hasta que se dicte una sentencia sobre el tema. El Fiscal General puede, antes de dar su opinión, dar al miembro una oportunidad de expresar sus reclamaciones, por cualquier miembro de la Comisión suspendido de acuerdo con este apartado, un suplente serán designados para el período de su suspensión en la forma en que fue nombrado según lo dispuesto por el artículo 9.

          Funciones del Comité de Investigación

          10.  (a) Las funciones de la Comisión de Investigación son las siguientes:

          (1) Para decidir sobre la concesión de una aprobación a los planes (en lo sucesivo, la “Aprobación”) en el marco del Presupuesto del Estado y determinar las condiciones para su aprobación y también para decidir sobre la concesión de prestaciones a los planes y su ritmo;

          (2) Para prescribir, con la aprobación de los Ministerios y la aprobación de la Comisión de Finanzas de la Knesset (Congreso), en el marco del presupuesto aprobado para tal fin en la Ley de Presupuesto para dicho año fiscal, un beneficio adicional vía para el fomento de la investigación y desarrollo industrial de conformidad con los objetivos de la presente Ley y su publicación en el Diario Oficial.

          (3) Para prescribir, con la aprobación del Comité de Finanzas de la Knesset, las condiciones y criterios para la concesión de beneficios y su tasa de conformidad con los objetivos de esta Ley (en esta sección llamada – “el Reglamento”), las normas se publicarán en el Diario Oficial.

          (4) (Derogado)

          (5) Recomendar a cualquier autoridad competente autorizada para ello, a conceder, en el marco de las leyes en el ámbito de su competencia o con la aplicación de la que es responsable de, y en el marco de los criterios prescritos por la Comisión de Investigación para la aprobación de los planes – la reducción, la relajación, la licencia o de préstamos que pueden ayudar al logro de los objetivos de esta ley.

          (b) (Derogado)

          Reuniones de la Comisión de Investigación

          10A. (a) El quórum para la celebración de reuniones de la Comisión de Investigación es de al menos cuatro miembros, de los que tres son representantes del gobierno, incluido el presidente de la Comisión o su suplente y un representante del público.

          (b) No obstante lo dispuesto en las disposiciones contenidas en la subsección (a), cuando se toman decisiones en lo que respecta a la política, las nuevas vías de beneficios y determinar las condiciones y criterios para la concesión de beneficios y la determinación de su tipo, por lo menos cuatro representantes del Gobierno estarán presentes, incluido el presidente de la Comisión de Investigación y un representante del público.

          (c) Decisiones de la Comisión de Investigación se adoptarán por mayoría de votos de los miembros que participan en la votación.

          (d) En el caso de los votos se dividen, el presidente de la Comisión de Investigación tendrá voto de calidad, y, en su ausencia – su sustituto.

          (e) El Comité de Investigación le recetará su reglamento interno, en la medida de éstas no han sido prescritos por la presente ley.

          Secciones 10, 12 y 13 (derogado).

          Secreto

          14. (a) Nada de las actas del Comité de Investigación o cualquier material que le sean entregadas deberán ser divulgados salvo por decisión o con el consentimiento del Jefe de la Administración o de los Ministerios.

          (b) Cualquiera de las partes a las que se entregan todos los documentos en nombre del Comité de Investigación
          con el fin de proporcionar una opinión o para cualquier otro propósito, no podrá divulgar el contenido de tales documentos a otro salvo por la autorización del Jefe de la Administración.

          (c) El Jefe de la Administración podrá prescribir las normas para el mantenimiento del secreto de los planes, su aprobación y el seguimiento de su ejecución.

          Conflicto de Intereses

          15. (a) Ninguna persona podrá actuar como miembro de la Comisión de Investigación que pueda, directa o indirectamente, encuentrarse con frecuencia en una situación de conflicto de intereses entre esta función y otra función que es titular, excepto en el marco de la Función Pública, o en respecto a cualquier otro interés de él o de su pariente o de una empresa en la que él o su familiar es una parte interesada en él, directa o indirectamente; Para ello, se hace ninguna diferencia si el rendimiento de la otra función es para el examen o no.

          (b) Cualquier miembro de la Comisión de Investigación que pueda tener un pariente o una persona jurídica en la que él o su pariente sea parte interesada de forma directa o indirecta, personal o de otro interés y puede tener en cualquier asunto que está previsto que sea debatido por el Comité, dará aviso de ello al presidente de la Comisión o su suplente inmediatamente después de haber tenido conocimiento de los mismos, y no estar presente en cualquier debate sobre dicha cuestión.

          (c) En esta sección “Pariente” – significa un cónyuge, padre, hermano o descendiente de cualquiera de los anteriores e incluye a cualquier persona que esté a cargo, el agente, socio, empleador o empleado de cualquiera de los miembros de la Comisión de Investigación.

          Miembros de la Comisión de Investigación no están los funcionarios públicos

          15A. Miembros de la Comisión de Investigación que no son funcionarios públicos serán considerados como funcionarios públicos a los efectos de las siguientes disposiciones:

          (1) El Servicio Público (regalos) de Ley, 5740-1979;

          (2) El Derecho Penal, 5737-1977, a los efectos de las disposiciones relativas a los funcionarios públicos;

          (3)  La responsabilidad civil por daños Ordenanza (nueva versión)

          Toda la información completa está en el sitio del gobierno israelí

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          Ley Israeli de fomento a la investigación y desarrollo industrial (2)


          CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN

          Objetivos de la Ley

          1. Los objetivos de esta Ley son:

          (1) La creación de lugares de trabajo en la industria y la absorción de la mano de obra científica y tecnológica.

          (2) La creación de excedentes de producción para la economía israelí. En la presente Ley: “excedente de producción” – significa mayor beneficio económico a la economía como resultado de la investigación y el desarrollo o los frutos del mismo, por encima del rendimiento que se ha creado para el flujo a quien participa directamente en este tipo de investigación y desarrollo;

          (3) El desarrollo de la industria científico-intensiva, mientras se utiliza y expande la infraestructura científica y tecnológica y los recursos humanos existentes en el Estado;

          (4) La mejora de la balanza de pagos del Estado a través de la fabricación y exportación de productos científico-intensivos desarrollada en él, y todos por medio de la promoción de la investigación industrial y el desarrollo.

          Medios para la consecución de objetivo

          2. A los efectos de la consecución de los objetivos de la presente Ley, subvenciones, préstamos, exenciones, reducciones y flexibilidades que en él se mencionan (en lo sucesivo denominado “Beneficios”) serán otorgado, el cual  debiera ser dado sobre la base de un plan aprobado, como todos establecidos en la presente ley.

          Aplicación

          3. El Ministro de Industria y Comercio y el Ministro de Hacienda (en lo sucesivo denominado “los Ministerios”) cobrarán conjuntamente con la aplicación de esta ley.

          CAPÍTULO II: DEFINICIONES

          Definiciones

          4. En la presente Ley –

          “Plan” – significa medio anual o plurianual del plan de investigación y  desarrollo, que consta de uno o más ficheros, como consecuencia de que cualquier know-how, procesos o métodos de que se disponga para la fabricación de un nuevo producto o una mejora de uno o más productos o el desarrollo de un nuevo proceso o una mejora sustancial de uno o más de los procesos existentes;

          “Mejora sustancial de un producto existente” o “una mejora sustancial en un proceso existente” – incluye el desarrollo de un producto o proceso;

          “Archivo” – se refiere a una aplicación apoyo a la Investigación y Desarrollo, en un año en particular, en el marco de un plan;

          “Producto” se refiere a cualquier bien material o conocimiento técnico, incluidos los procesos de producción y programas computacionales;

          “Nuevo Producto” significa un producto defabricación o uso comercial el cual será posible por el descubrimiento de cualquier conocimiento técnico, métodos o procesos que antes eran desconocidos o no disponibles en general;

          “Investigación” – significa investigación planificada con el fin de descubrir los nuevos conocimientos con la esperanza de que será útil en el desarrollo de un nuevo producto o proceso o sustancialmente en la mejora de un producto existente o proceso;

          “Desarrollo” – se refiere a la aplicación de los resultados de cualquier investigación o cualquier otro conocimiento técnico, destinadas a la fabricación de un nuevo producto o el desarrollo de un nuevo proceso o una mejora sustancial de un producto o proceso, incluida la consolidación o el examen de las características de un Plan, la preparación de programas y diseños, la construcción de un prototipo y el funcionamiento de un modelo experimental o de una instalación semi-industrial;

          “Fabricante” – (derogado);

          “Gastos de investigación y desarrollo” – significa los gastos incurridos en la realización de la Investigación y Desarrollo en un plan aprobado para el cual el Comité de Investigación ha publicado las normas en el Boletín Oficial y que pueda ser tomada en cuenta;

          “Porcentaje del Valor Agregado” –significa la suma de los costos de fabricación realizados en un país, menos los costos importados para la fabricación en dicho país, en comparación con el precio del producto en fábrica;

          “Transferencia de los derechos de fabricación” — significa una autorización a un tercero para utilizar el «conocimiento técnico desarrollado en el ámbito de aplicación o como resultado de un Plan, con el fin de la fabricación de un producto único, mientras que el resto de derechos de uso y aprovechamiento de los conocimientos adquiridos corresponden al cedente en Israel;

          “Control” y “Equipo interesado” – llevan el mismo significado que le atribuye en la Ley de Valores, 5728-1968.

          Todo es extraido del sitio del gobierno israelí

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          Ley Israeli de fomento a la investigación y desarrollo industrial (1)


          FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIALES LEY, 5744-1984

          EL SIGUIENTE TEXTO NO CONSTITUYE UNA TRADUCCIÓN OFICIAL DE FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIALES DE DERECHO, 5744-1984.

          Esta traducción no tiene validez jurídica y, si bien se hizo todo lo posible para asegurar su exactitud, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo no asume responsabilidad alguna en cuanto a su exactitud y no está vinculada por su contenido. SÓLO EL TEXTO ORIGINAL HEBREO publicado en el Boletín Oficial es obligatorio y los lectores se les recomienda consultar el texto hebreo autorizado en todos los asuntos que podría afectarlos.

          ACTUALIZADO: junio de 2005.

          Todo es extraido del sitio del gobierno israelí

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